Declaración de Condominio · Estatutos

OR 15285/1957

Registro
Declaración de Condominio, registrada el 1991-11-16, OR 15285/1869
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Estatutos, página 1
Contiene
Estatutos, Preámbulo (continuación), Estatutos, Artículo Uno, Estatutos, Artículo Dos, Estatutos, Artículo Tres
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Estatutos, página 90 de 103 del PDFTamaño completo · PDF

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ESTATUTOS DE CASTLE BEACH CLUB CONDOMINIUM ASSOCIATION, INC., Una Corporación Sin Fines de Lucro de Florida

Artículo UnoOrganización

1 El nombre de esta organización será CASTLE BEACH CLUB CONDOMINIUM ASSOCIATION, INC.

2 La organización podrá, por votación de los Propietarios de Unidades, cambiar su nombre.

Artículo DosFines

Los siguientes son los fines para los cuales se ha establecido esta organización:

1 Atender las necesidades recreativas y de mantenimiento de los Propietarios de las Unidades de Condominio construidas sobre el bien inmueble descrito en el Anexo "A" de la Declaración de Condominio a la cual se adjunta este Anexo "D".

2 Mantener, administrar, operar, gestionar y mejorar el bien inmueble sobre el cual se construirán las instalaciones recreativas; y además, mantener las instalaciones y mejoras, incluidos los bienes muebles, que allí se encuentren.

3 Para los fines establecidos en los Artículos de Incorporación de esta organización y en la Declaración de Condominio de CASTLE BEACH CLUB, un Condominio.

4 Para cualquier otro fin que la Junta Directiva de tiempo en tiempo considere necesario para la operación eficiente de las instalaciones recreativas y de los Elementos Comunes y Elementos Comunes Limitados aquí contemplados.

Artículo TresReuniones de la Membresía

1 Lugar: Todas las reuniones de la membresía de la Asociación se celebrarán en la oficina de la Asociación o en cualquier otro lugar que se designe en la convocatoria.

2 Reunión Anual:

(a) La primera Reunión Anual se celebrará dentro de los cien (100) días siguientes al registro de la Declaración de Condominio y anualmente a partir de entonces. Todos los miembros de la Junta Directiva que deban ser elegidos por los Propietarios de Unidades, distintos del Desarrollador, serán elegidos por mayoría relativa.

(b) Con posterioridad a la primera Reunión Anual, las reuniones anuales ordinarias se celebrarán en el mes de enero de cada año, en la fecha que fije la Junta Directiva. No se celebrará ninguna reunión en un día feriado legal. Con no menos de catorce (14) días de anticipación a la Reunión Anual, se enviará por correo ordinario una convocatoria escrita [continúa en la página siguiente]

Notas de la página (sellos, códigos, márgenes)

Código de archivo: 1970001G.CBL/km, 10/14/91.