Declaración de Condominio · Artículos de Incorporación

OR 15285/1949

Registro
Declaración de Condominio, registrada el 1991-11-16, OR 15285/1869
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Artículos de Incorporación, página 1
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Artículos de Incorporación, Preámbulo (continuación), Artículos de Incorporación, Artículo I, Artículos de Incorporación, Artículo II, Artículos de Incorporación, Artículo III
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OR 15285/1949
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Artículos de Incorporación, página 82 de 103 del PDFTamaño completo · PDF

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ARTÍCULOS DE INCORPORACIÓN DE CASTLE BEACH CLUB CONDOMINIUM ASSOCIATION, INC. (Una Corporación Sin Fines de Lucro de Florida)

A fin de constituir una corporación sin fines de lucro conforme y de acuerdo con el Capítulo 617 de los Estatutos de Florida, nosotros, los abajo firmantes, por el presente nos asociamos en una corporación sin fines de lucro para los fines y con las facultades que se establecen a continuación y, a tal efecto, mediante estos Artículos de Incorporación, certificamos lo siguiente:

EXPLICACIÓN DE LA TERMINOLOGÍA

Los términos contenidos en estos Artículos que están contenidos en la Declaración de Condominio ("Declaración") que crea CASTLE BEACH CLUB, un Condominio, tendrán el significado que para dichos términos se establece en la Declaración.

Artículo INOMBRE

El nombre de esta Asociación será CASTLE BEACH CLUB CONDOMINIUM ASSOCIATION, INC., cuya dirección actual es 5445 Collins Avenue, Miami Beach, Florida 33140.

Artículo IIOBJETO DE LA ASOCIACIÓN

El objeto para el cual se organiza esta Asociación es mantener, operar y administrar el Condominio y operar, arrendar, negociar, vender y de otro modo disponer de los bienes muebles e inmuebles del mismo.

Artículo IIIFACULTADES

La Asociación tendrá las siguientes facultades, las cuales se regirán por las siguientes disposiciones:

A La Asociación tendrá todas las facultades de derecho consuetudinario y estatutarias de una corporación sin fines de lucro y todas las facultades establecidas en el Capítulo 718 de los Estatutos de Florida, el Capítulo 607 de los Estatutos de Florida y el Capítulo 617 de los Estatutos de Florida que no estén en conflicto con los términos de la Declaración, estos Artículos, los Estatutos o la Ley ni los limiten.

B La Asociación tendrá todas las facultades de una asociación de propietarios conforme a la Ley y tendrá todas las facultades razonablemente necesarias para llevar a cabo los fines de la Asociación, incluidas, entre otras, las siguientes:

1. dictar, establecer y hacer cumplir Reglas y Reglamentos razonables que rijan el Condominio y el uso de las Unidades;

Notas de la página (sellos, códigos, márgenes)

Código de archivo: 1970001F.CBL/km, 10/14/91.