Declaración de Condominio

OR 15285/1870

Registro
Declaración de Condominio, registrada el 1991-11-16, OR 15285/1869
Contiene
Artículo III (continuación)
Página registrada
OR 15285/1870
Imagen de OR 15285/1870
Declaración, página 3 de 103 del PDFTamaño completo · PDF

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Traducción no oficial al español. El texto registrado, en inglés, es el que tiene validez legal.

3.01 "Unidad" o "Apartamento" - significa una parte de la Propiedad del Condominio que está sujeta a propiedad exclusiva. Una Unidad puede consistir en mejoras, terreno, o terreno y mejoras conjuntamente, según se especifica en esta Declaración. El término "Unidad" incluye tanto las Unidades Comerciales como las Unidades Residenciales según se describen en la Declaración.

3.02 "Propietario de Unidad" o "Propietario de una Unidad" - significa el propietario de una Parcela de Condominio.

3.03 "Cuota" - significa una parte de los fondos requeridos para el pago de los Gastos Comunes que de tiempo en tiempo se impone al Propietario de Unidad.

3.04 "Asociación" - significa la entidad corporativa responsable de la operación del Condominio.

3.05 "Estatutos" - significa los Estatutos de la Asociación vigentes de tiempo en tiempo.

3.06 "Elementos Comunes" - significa las porciones de la Propiedad del Condominio no incluidas en las Unidades.

3.07 "Gastos Comunes" - significa todos los gastos y Cuotas debidamente incurridos por la Asociación para el Condominio.

3.08 "Superávit Común" - significa el excedente de todos los ingresos de la Asociación, incluidos, entre otros, las Cuotas, rentas, ganancias e ingresos por cuenta de los Elementos Comunes, sobre los Gastos Comunes.

3.09 "Condominio" - significa aquella forma de propiedad de bienes inmuebles que se crea conforme a las disposiciones de la Ley de Condominios de Florida y que se compone de Unidades que pueden ser propiedad de una o más personas, y a cada Unidad le corresponde como accesorio una participación indivisa en los Elementos Comunes.

3.10 "Parcela de Condominio" - significa una Unidad junto con la participación indivisa en los Elementos Comunes que es accesoria a la Unidad.

3.11 "Declaración" o "Declaración de Condominio" - significa el instrumento o instrumentos mediante los cuales se crea un Condominio, según sean enmendados de tiempo en tiempo.

3.12 "Elementos Comunes Limitados" - significa aquellos Elementos Comunes que están reservados para el uso de una o varias Unidades de Condominio determinadas con exclusión de las demás Unidades, según se especifica en la Declaración de Condominio.

3.13 "Operación" u "Operación del Condominio" - incluye la administración y gestión de la Propiedad del Condominio.

3.14 "Desarrollador" - significa una persona que crea un Condominio u ofrece Parcelas de Condominio en venta o arrendamiento en el curso ordinario de los negocios, pero no incluye a un Propietario o arrendatario de una Unidad que haya adquirido su Unidad para su propia ocupación. Según se utiliza en el presente, el término "Desarrollador" incluirá a los cesionarios y sucesores en interés del Desarrollador original.

3.15 "Junta de Administración" - significa la Junta Directiva de la Asociación u otro órgano representativo responsable de la administración de la Asociación.

3.16 "Propiedad del Condominio" - significa los terrenos, derechos de arrendamiento y bienes muebles que están sujetos a propiedad en condominio, sean o no contiguos, todas las mejoras sobre los mismos, y [continúa en la página siguiente]